Folarin Balogun vio la tarjeta roja el 1 de julio. El VAR confirmó la expulsión. Y sin embargo, cuando la FIFA publicó la convocatoria para el partido de octavos de final ante Bélgica, el nombre del delantero estadounidense estaba ahí.
La noticia llegó como una anomalía difícil de explicar: un jugador sancionado por expulsión directa, disponible para jugar el siguiente partido del Mundial como si nada hubiera ocurrido.
La expulsión que no fue sanción
Durante el partido entre Estados Unidos y Bosnia y Herzegovina, el VAR revisó una acción de Balogun y confirmó la expulsión por una entrada de juego brusco y grave. Hasta ahí, todo seguía el cauce habitual. Pero la historia no terminó con el pitido final: Balogun volvió al terreno de juego para celebrar la clasificación junto a sus compañeros, pese a haber sido expulsado minutos antes, y ese gesto abrió un segundo frente disciplinario.
Al día siguiente, la FIFA inició un procedimiento formal. Los artículos invocados fueron el 66, relativo a las expulsiones, y el 14, sobre conducta indebida durante las celebraciones. La sanción automática de un partido parecía inevitable. Nadie esperaba otro desenlace.
Horas antes del encuentro ante Bélgica, la Comisión Disciplinaria de la FIFA publicó un comunicado que alteró el curso esperado.
El artículo 27: la clave reglamentaria que lo cambia todo
La FIFA fundamentó su decisión en el artículo 27 del Código Disciplinario, que permite suspender la ejecución de cualquier sanción disciplinaria con una única excepción: los casos de manipulación de partidos. Fuera de ese supuesto, la Comisión tiene margen para aplicarlo cuando lo estime oportuno.
En la práctica, la sanción deportiva de Balogun queda en suspenso durante un período de prueba de un año. Si en ese tiempo comete una infracción similar, deberá cumplir ambas sanciones. Es, en esencia, una condena condicional aplicada al fútbol.
La decisión no eliminó todas las consecuencias. La FIFA impuso una multa de 40.000 dólares: la mitad corresponde a la infracción del artículo 14 y la otra mitad, al artículo 66. La Federación de Fútbol de Estados Unidos fue declarada responsable solidaria del pago. Un matiz importante: la tarjeta roja nunca fue revocada. Lo que se suspendió no fue la expulsión en sí, sino sus efectos deportivos derivados. La distinción es técnica, pero el organismo la considera fundamental.
La sombra de Trump y las dudas sobre la independencia de la FIFA
La decisión habría generado debate por sí sola. El contexto la convirtió en una controversia mayor. Trascendió que Donald Trump había llamado al presidente de la FIFA, Gianni Infantino, pocas horas antes de que se anunciara la suspensión de la sanción. La coincidencia temporal fue suficiente para que las críticas se multiplicaran, y la pregunta era directa: ¿influyó esa llamada en la resolución disciplinaria?
La FIFA respondió con firmeza. Insistió en que su Comisión Disciplinaria es independiente, tal como establecen sus Estatutos y el Reglamento de Gobernanza, y señaló que sus miembros cumplen criterios estrictos de imparcialidad.
Pero las instituciones no se defienden solo con comunicados. La credibilidad se construye con el tiempo y se erosiona con la percepción. En este caso, esa percepción resultó difícil de gestionar.
¿Precedente inédito o práctica habitual?
La FIFA se anticipó a otra crítica: que se trataba de una decisión diseñada a medida para una situación políticamente sensible. Su respuesta fue tajante. El organismo afirmó que decisiones similares se han adoptado anteriormente durante las eliminatorias del Mundial, aunque no ofreció casos concretos, y descartó que la medida fuera excepcional en términos reglamentarios.
También recordó que en la mayoría de las ligas afiliadas a la UEFA, revisar las consecuencias de una tarjeta roja es una práctica disciplinaria habitual. La diferencia, según la FIFA, es que en esos casos suele revocarse la tarjeta. Aquí no se revocó: solo se suspendieron sus efectos deportivos, lo que el organismo considera una medida más proporcionada.
Aun así, el episodio deja preguntas abiertas. Si el artículo 27 puede aplicarse en circunstancias tan visibles y políticamente cargadas, ¿debería tener límites más explícitos? ¿Quién garantiza que su uso futuro será igualmente consistente, independientemente de quién llame a quién?
La FIFA ha explicado su decisión. Lo que no ha podido evitar es que esa explicación genere más preguntas que respuestas.
